- Presenta el diputado del PT iniciativas de adición a la Ley de Seguridad Pública de Sinaloa para garantizar las prestaciones.
Culiacán Sin.- 17 de Nov. de 2020.- El diputado Mario El Capi González Sánchez interpuso ante Oficialía de Partes del H. Congreso del Estado de Sinaloa dos iniciativas de adición a la Ley de Seguridad Pública del Estado para garantizar que se les otorgue las prestaciones sociales a los agentes activos de las corporaciones policiacas y sus familias a través del IMSS y el ISSSTE y otra para que sean acreedores al pago del 50% por parte de las instituciones de gobierno por estudios profesionales.
Estas iniciativas son parte del esfuerzo que se ha emprendido a través de la Comisión de Seguridad Pública que preside el legislador, Mario Rafael González, para generar mejores condiciones de trabajo para los elementos del servicio policiaco en municipios y en Gobierno del Estado de Sinaloa y de tranquilidad para sus familias como contraprestación por la calidad y compromiso en el desempeño de sus funciones.
Dijo el diputado que estos derechos laborales están establecidos en la misma Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa pero la ambigüedad en el texto ha causado que la autoridad lo esté cumpliendo con prestaciones menores, indirectas y que pretenden solo engañar a la ley. Esto, en el caso de ciudadanos que trabajan arriesgando la vida y seguridad, propias y la tranquilidad de sus esposas e hijos, es una actitud inhumana que urge corregir.
Por ejemplo; en el Artículo 34 de esta ley de Seguridad Pública se establece que “son derechos de los integrantes de las instituciones policiales:

V: Ser sujetos del régimen de asistencia social para la obtención de servicios médicos, seguro de vida, gastos de funeral y vivienda…
El Artículo 198 dice.- Son derechos de los integrantes de las instituciones policiales preventivas del Estado y de los Municipios las siguientes:

V. contar con los servicios de seguridad social que el gobierno estatal, y municipales establezcan en favor de los servidores públicos, de sus familiares o personas que dependan económicamente de ellos.
Así, debido a que hay imprecisión en el tipo de servicios que debe otorgarse al trabajador del área de seguridad, los alcaldes y los gobiernos estatales han optado por firmar convenios frágiles y temporales con hospitales de segundo nivel para otorgar servicio solo para casos urgentes y de forma limitada. En estricto, no es una prestación social contemplada constitucionalmente.
Por ello, la propuesta del diputado González Sánchez se enfoca a dar certeza del tipo de prestación médica; en el Articulo 34 se agrega un segundo párrafo a la Fracción V, que dice: “Entiéndase por asistencia social y servicios médicos, los que se obtengan por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), según corresponda.”
Así también, al Articulo 198 se le agregará un segundo párrafo en la Fracción V, que especfica: “Entiéndase por asistencia social y servicios médicos, los que se obtengan por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), según corresponda”.
La segunda iniciativa está orientada a agregar un segundo parrafo a la Fracción III, del Artriculo 198 de la misma Ley de Seguridadf Pública para el Estado de Sinaloa, que señala: “Las instituciones policiales deberán otorgar desde el 50% del costo de una carrera profesional a todo aquel integrante de las mismas, que se encuentre cursándola, siempre y cuando acredite semestralmente un promedio general mínimo de 8 en escala del 1 al 10.”
Manifestó el Diputado Mario Rafael González El Capi, que con esto, se estaría dando un avance sustancial en la conquista de los derechos que tienen los elementos de los cuerpos policiacos en los municipios y en el estado de Sinaloa, como corresponde a todo trabajador en el Estado Mexicano por disposición en la propia Carta Magna que nos rige; lo contrario significa violar sus derechos.